El delito de estafa, tipificado en el artículo 246 del Código Penal colombiano, consiste en obtener beneficios económicos mediante engaños. Las penas varían de 2.6 a 12 años de prisión, pudiendo agravarse en casos específicos según el artículo 247. Por ejemplo, cuando involucra bienes del Estado o víctimas de secuestro.
Es crucial entender que la estafa puede ocurrir incluso en contratos aparentemente legales. La Corte Suprema de Justicia ha establecido que el uso de mentiras durante la negociación constituye estafa.
Las precauciones tomadas por la víctima no siempre son determinantes, según la jurisprudencia. La velocidad de la economía actual demanda cautela en transacciones financieras, pero el comportamiento de la víctima no debería influir en la definición del delito.
Para evitar caer en estafas, es fundamental preguntar y verificar identidades. En épocas de crisis, como pandemias o desastres naturales, se debe ser aún más cuidadoso. Desconfiar de ofertas demasiado buenas para ser ciertas y de la presión por actuar rápidamente es esencial.
Finalmente, no se debe abrir ningún correo, mensaje o archivo de origen desconocido. Además, es importante asegurarse de que las páginas web sean seguras antes de ingresar información personal.
Siguiendo estos consejos, se puede reducir significativamente el riesgo de ser víctima de estafa en Colombia.